CREACIÓN Y DESARROLLO DE PYMES INNOVADORAS                                                                                                                          

 (CONVOCATORIA CERRADA EL 30 DE DICIEMBRE DE 2022)  

OBJETIVO

Impulsar la creación y desarrollo de PYMES innovadoras, entendiendo por tales las que basen su actividad en el dominio intensivo del conocimiento. Fomentar la transferencia de la investigación al ámbito empresarial, en particular en las materias prioritarias identificadas en la Estrategia de Especialización Inteligente de Canarias 2014-2020, RIS3 de Canarias, e incentivar la inversión privada como complemento de las aportaciones públicas.

QUIÉN PUEDE SOLICITARLO

PYMES constituidas como sociedades de capital no cotizadas que, acreditando su capacidad y elegibilidad, cuenten con o pretendan disponer de un establecimiento permanente en Canarias para la creación o desarrollo de un proyecto empresarial innovador. Además, deberán acreditar que no han podido obtener financiación en condiciones de mercado.

Dependiendo de la fase en que se encuentre cada proyecto empresarial, se podrá optar por solicitar la financiación por la línea de Creación o por la de Desarrollo. Por la línea de Creación, Sodecan aportará capital inicial para financiar el desarrollo y comercialización de productos. Por la línea de Desarrollo, Sodecan aportará capital de expansión con el objetivo de aumentar la capacidad de producción, introducirse en nuevos mercados o generar nuevos productos.

REQUISITOS

• PYMEs innovadoras de hasta 5 años (Creación) o 7 años (Desarrollo) de antigüedad.

• Establecimiento permanente (según lo dispuesto en el artículo 13.1 del RD 5/2004 de 12 de marzo) en Canarias, donde se realizará el proyecto.

• La inversión ha de realizarse (mayoritariamente) en Canarias.

• Incapacidad de obtener financiación bancaria (en condiciones razonables).

• Tener plena capacidad para recibir dinero público.

• No pertenecer a un sector no elegible por FEDER (pesca, acuicultura, transformación de productos agrícolas, entre otros).

• En el caso de proyectos de Desarrollo, aportar un coinversor dispuesto a invertir en el proyecto.

CONDICIONES FINANCIERAS

• En proyectos de Creación, se financiará hasta el 85% del presupuesto, con un máximo de 200.000€.

• En proyectos de Desarrollo, se financiará la misma cantidad aportada por el coinversor, hasta el 40% del presupuesto con un máximo de 500.000€.

• Préstamo participativo sin comisiones ni solicitud de garantías.

• Periodo máximo de devolución de 10 años (incluyendo carencia).

• Interés: Tramo 1 Euribor a 1 año + 3,35%, y Tramo 2 en función de la rentabilidad financiera de la empresa (calculado en base al porcentaje que, en cada ejercicio, represente el resultado del ejercicio completo antes de impuestos sobre los fondos propios medios de la empresa, ambos del último ejercicio contable aprobado). El tipo máximo conjunto de ambos tramos será de Euribor a 1 año + 8%.

• Interés de demora: 8% anual sobre el importe de las cantidades impagadas.

• Amortización trimestral.

• Desembolso preferentemente por hitos.

OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

• El préstamo deberá destinarse a financiar las partidas concretas aprobadas y de acuerdo con las prestaciones consignadas en el contrato, salvo modificaciones autorizadas por Sodecan.

• El proyecto tendrá una duración máxima de un año, que podrá ser prorrogado 6 meses más de forma excepcional si el Beneficiario acredita debidamente el retraso en la ejecución.

• Presentará las cuentas justificativas auditadas en los plazos y bajo el formato que se establezca en el contrato. Los gastos financiables deberán ser contratados y abonados directamente por el Beneficiario mediante transferencia bancaria o tarjeta de crédito / débito, estar justificados de acuerdo con la naturaleza del proyecto, y realizados y abonados dentro del plazo de ejecución del proyecto.

• Verificar el reembolso del préstamo en los plazos establecidos, sin perjuicio de posibles renegociaciones que se puedan pactar con Sodecan, en todo caso con los límites impuestos en la normativa aplicable.

• Comunicar a Sodecan la obtención de otras ayudas, ingresos o recursos públicos tan pronto como se conozca.

• Mantener el empleo, la inversión y la estructura societaria durante el tiempo que se establezca en el contrato.

• Cumplir con toda la normativa mercantil, sectorial, fiscal, contable y laboral que les sea de aplicación.

• Someterse a las actuaciones de comprobación que deba realizar Sodecan y, en particular, facilitar para su examen cuantos documentos contables u otra información financiera se soliciten.

• Citar la contribución de la UE en sus comunicaciones y adoptar las medidas de difusión que se establezcan en el contrato.

• No efectuar entrega de cantidad alguna a los socios por devolución de aportaciones en caso de reducción de capital social, distribución de reservas o dividendos, comisiones, amortización de principal o pago de intereses ni cualquier otro concepto.

• En proyectos que opten por la línea de Desarrollo, la solicitud deberá acompañar una propuesta de acuerdo de coinversión por parte de un coinversor donde se detalle la cuantía, el calendario de pagos, los mecanismos mediante los cuales Sodecan y el coinversor participarán en los órganos de gestión de la empresa y cuantas otras previsiones resulten apropiadas.

OBLIGACIONES DE LOS COINVERSORES

• Podrá ser coinversor cualquier persona física o jurídica que tengan la condición de inversor acreditado en los términos establecidos en la Ley 5/2015 de 27 de abril, de Fomento de la Financiación Empresarial. No podrán tener vinculación previa con el Beneficiario o los promotores de la iniciativa.

• Los inversores privados previamente acreditados para operar como coinversores por entidades públicas españolas serán acreditados automáticamente. Para la acreditación de entidades de nueva creación o sin experiencia se considerará la experiencia de las personas físicas o jurídicas que participen en ella.

• La financiación aportada por el coinversor deberá instrumentarse a través de participación en el capital o en forma de préstamo participativo.

• Los coinversores quedarán sujetos a las obligaciones establecidas en la convocatoria que les sean aplicables; en particular, las de mantener durante la vigencia del préstamo las condiciones que sirvieron de base a la decisión de financiar, difundir su participación en el instrumento mediante la inclusión en sus actividades de los elementos tipográficos que se indiquen, y someter- se a las actuaciones de comprobación.

• Los coinversores no podrán exigir la distribución de dividendos mientras no se haya ejecutado y justificado la inversión. No obstante, podrán distribuirse dividendos desde que se logren beneficios antes de impuestos, siempre que Sodecan lo autorice.

PROCEDIMIENTO

• Las solicitudes se presentarán a través de la web de Sodecan y serán evaluadas por orden de recepción de la documentación completa.

• Una vez completada la verificación documental y confirmado que se cumplen los requisitos de participación, la solicitud será admitida a trámite.

• Se evaluará el grado de innovación del proyecto, la idoneidad y capacidad de los promotores para ejecutarlo y la viabilidad potencial del negocio.

• Si el proyecto es aprobado, se trasladará al interesado una propuesta de financiación y éste tendrá 1 mes para aceptarla o rechazarla.

• Aceptada la propuesta, el préstamo se formalizará en escritura pública.

• Los solicitantes podrán ser convocados a entrevistas para aclarar o precisar cuestiones relacionadas con el modelo de negocio. para aceptarla o rechazarla.

CONVOCATORIA ACTUAL

La convocatoria actual (FCF1_CD 01/19) fue aprobada mediante resolución del Director del Fondo Canarias Financia 1 el día 19 de diciembre de 2019 y publicada el 7 de mayo de 2020  en la página web de SODECAN y en el Boletín Oficial de Canarias nº 89. Posteriormente, el 28 de enero de 2022 se produjo una ampliación presupuestaria de la misma mediante resolución del Director del Fondo, publicada en la misma fecha en la web de SODECAN.

Esta convocatoria se cerró el 30 de diciembre de 2022

Sede en Gran Canaria:
Avenida Alcalde José Ramirez Bethencourt, 17.
Las Palmas de Gran Canaria
Tfno. 928 29 65 55

Sede en Tenerife:
Villalba Hervás, 4, planta 6
Santa Cruz de Tenerife.
Tfno. 922 29 80 20